Tipo de personas jurídicas al que hace referencia el Decreto 398 del 13 de marzo de 2020. (Celebración de reuniones no presenciales).

Consulta acerca del tipo de personas jurídicas al que hace referencia el Decreto 398 del 13 de marzo de 2020.

El Decreto 398 de 2020 le es aplicable a todas las personas jurídicas, entre las cuales se encuentran las enunciadas anteriormente, y a las que la ley les otorgue dicha calidad, sin distinguir, si son privadas o públicas, con ánimo o sin ánimo de lucro.

Es importante mencionar que el Decreto 398 de 2020, adicionó el capítulo 16 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, el cual da alcance a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 222 de 1995, relacionado con la celebración de reuniones no presenciales, con el fin de evitar desplazamientos y aglomeraciones que ocasionen la propagación del Coronavirus COVID-19.
Supersociedades.
Oficio No 1244 / 07-10-2020
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