Consulta: Se solicita que se emita concepto sobre los siguientes aspectos: 1. “¿La distribución accionaria y la calidad de las acciones establecidas en la sociedad objeto de consulta, impide al socio público ser partícipe en la toma de decisiones durante las asambleas de socios? 2. ¿Es jurídicamente exigible al socio estratégico del Municipio de Pitalito, la reforma de los estatutos de la sociedad, en el aparte contenido del Art 8 de la escritura de constitución, que establece “II) Acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto …”? Lo anterior atendiendo que el Municipio interpreta que deben aplicarse las reglas generales establecidas en el Art. 381 del C.Co, para las acciones preferenciales y por tanto considera tener desventaja decisoria de la entidad territorial, en las votaciones de Asamblea de accionistas. 3. ¿La denominación del tipo de acciones establecidas en los pliegos de condiciones y en consecuencia en los estatutos societarios, cumple con los lineamientos legales establecidos en la ley 1258 de 2008 y el Código de comercio? 4. Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica de la entidad, ¿Qué régimen de contabilidad le es aplicable?”. |
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