Mediante el radicado de la referencia, el peticionario manifiesta que los registros o licencias de importación para su aprobación no exigen elementos exactos de individualización como lo son: número de serie, referencia, características particulares de identificación, solo se indica en dichos documentos, si tiene o no descripción. Con base en lo anterior, el formulario formula los siguientes interrogantes: 1. ¿Por qué se configura causal de aprehensión en el control posterior del numeral 7 del artículo 647 del Decreto 1165 de 2019, cuando el registro o licencia previa no tiene descripción exacta de la mercancía? 2. ¿Por qué no se aplica el análisis integral, ya que no se trata de mercancía diferente? |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio Nº 1375 / 28-10-2020 Descargar |