Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta textualmente lo siguiente: “Una aerolínea ubicada en el Aeropuerto Internacional El Dorado, requiere traer unos scanners de rayos X para uso en la aerolínea, operación que en el año 2006 se había realizado al amparo del Convenio de Chicago y sin pago de tributos aduaneros conforme lo reitero el oficio emitido en el año 2006 por parte de la DIAN. Por lo anterior, comedidamente solicitamos se confirme si es viable adelantar la operación bajo lo señalado en el oficio del año 2006 y cual sería el procedimiento al arribo, en caso que sea transportado vía marítima, con otro transportador (el BL Cortado con instrucción de Convenio internacional y traslado a lugar de Arribo Aeropuerto el Dorado? En MUISCA se manifiestan como Convenios internacionales y ahí termina el proceso?” |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio Nº 1352 / 23-10-2020 Descargar |