Mediante el radicado de la referencia, y respecto a lo dispuesto en el artículo 24 del Decreto Ley 2106 de 2019, sobre la validación de pagos de aportes de contratistas, la peticionaria pregunta si es válido para efectos tributarios la verificación de estos pagos a través de la herramienta tecnológica señalada en esta norma. Sobre la deducción por pagos a trabajadores independientes, el parágrafo 2 del artículo 108 del Estatuto Tributario establece que la misma está condicionada a la verificación por el empleador de la “afiliación y el pago de las cotizaciones y aportes a la protección social que le corresponden al contratista según la ley. |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto No 0067 / 26-01-2021 Descargar |