Mediante el radicado de la referencia la peticionaria pregunta: «Comedidamente solicito su colaboración, confirmándome cuáles son los requisitos para la liberación de la reserva, de que trata el numeral 12 del artículo 290 del E.T., que establece: (…) Mi inquietud radica en los siguientes temas: 1. Se requiere que los activos que fueron objeto de depreciación por reducción de saldos, estén totalmente depreciados. 2. La comparación de la depreciación contable y la fiscal, es por el total de los activos, o solamente por los activos que fueron depreciados por reducción de saldos.» |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto No 0048 / 21-01-2021 Descargar |