RESUELVE Artículo 1. Adicionar el parágrafo 5 al artículo 1 de la Resolución No.000070 del 28 de octubre del 2019. Adiciónese el parágrafo 5 al artículo 1 de la Resolución No. 000070 del 28 de octubre del 2019, el cual quedará así: “Parágrafo 5. Para efecto de lo dispuesto en literal d) del presente artículo, también serán responsables de cumplir la presente resolución, los contribuyentes personas naturales del régimen simple de tributación – SIMPLE que durante el año gravable 2019 o en el año gravable 2020, hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000).” Artículo 2. Adicionar el parágrafo 4 al artículo 10 de la Resolución No.000070 del 28 de octubre del 2019. Adiciónese el parágrafo 4 al artículo 10 de la Resolución No. 000070 del 28 de octubre del 2019, el cual quedará así: “Parágrafo 4. En el caso de la información de aportes voluntarios a fondos de pensiones voluntarias y obligatorias, la casilla número de la cuenta se debe diligenciar indicando el número de identificación del afiliado.” |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Resolución No 000023 / 12-03-2021 Descargar |