Soy considerado un trabajador independiente si reúno por lo menos una de las siguientes condiciones:
- Realizó una actividad económica por mi cuenta.
- Tengo un contrato diferente a prestación de servicios, es decir contratos de obras civiles, suministros, insumos, arrendamientos, entre otros.
- Desarrollo actividades que generan utilidades, dividendos, rendimientos financieros, entre otros.
- Genero ingresos por la prestación de servicios personales que está relacionado con las funciones de la empresa contratante.