Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita se resuelva la siguiente inquietud: ¿El crédito fiscal establecido en el artículo 256-1 del Estatuto Tributario podrá compensarse en su totalidad con el impuesto de renta tal como lo establece el artículo 1.8.2.4.5 del decreto reglamentario 1011 del 14 de julio del 2020? O ¿la compensación del crédito fiscal con el impuesto de renta está limitada con lo que se dicta en el artículo 258 del Estatuto Tributario? |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto No 0294 / 01-03-2021 Descargar |