Disminución de la base de retención.

Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria pregunta si se debe adjuntar a la factura o documento de cobro expedido por las personas naturales la constancia del pago de aportes a la seguridad social, para efectuar la depuración de la base gravable sometida a retención en la fuente, tal como lo dispone el inciso 5o del artículo 388 del E.T.

O bastara´ con que dichos aportes sean verificados en la plataforma tecnológica señalada por el Ministerio de Salud y Protección Social, para efectos de incluirlos en la depuración de la base gravable sometida a retención en la fuente.

Para el caso de los trabajadores cuyos ingresos no provengan de una relación laboral, o legal y reglamentaria, los factores de depuración de la base de retención tales como los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, deducciones del artículo 387 del Estatuto Tributario y las rentas exentas, se determinan mediante los soportes que adjunte el trabajador a la factura.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Oficio N° 0487 / 26-03-2021

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