“Tengo una inquietud con el plegable que nos enviaron y es en el concepto de amortización en la compra de los derechos deportivos, nosotros cuando hicimos la transición a Niif de los Estados Financieros, dejamos la amortización a la duración del contrato laboral del jugador (en muchos casos 3 años), en este casos el valor del gasto de la amortización es muy grande.
Por ser Asociación esto nos trae inconveniente en que superamos el tope de gastos deducibles de renta, pero en el plegable que ustedes nos envían dice que la amortización es por la duración del contrato de trabajo o máximo hasta los 35 años de edad…puedo entonces entender que también se puede amortizar hasta los 35 años de edad del jugador….es así”