Trabajador pago aporte faltante pensión. Este tipo de aportante solamente puede ser utilizado por los trabajadores dependientes para el pago del 25% de la cotización faltante o la totalidad de esta al sistema general de pensiones correspondiente a los meses de abril y mayo de 2020, en los términos de los artículos 2.2.3.5.2 y 2.2.3.5.3. del decreto 1833 de 2016, modificado por el articulo 1 del decreto 376 de 2021, a través de tipo de planilla «N- planilla de correcciones». |
Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución N° 0638 / 21-05-2021 Descargar |