Acuso recibo del escrito citado en la referencia, con el cual presenta la siguiente consulta: “(…) teniendo en cuenta la legislación actual sobre lavado de activos y financiación del terrorismo, es posible vincular a una empresa cuyo revisor fiscal ha sido sancionado por la Procuraduría. Lo anterior, debido a que dicho revisor fiscal, como funcionario público, participó en pago injustificado de salarios y prestaciones de un exempleado de manera fraudulenta por una relación laboral que no existía, motivo por el cual fue inhabilitado y destituido por 10 años, sanción que se encuentra vigente”. |
Superintendencia de Sociedades. Oficio Nº 220-072796 / 31-05-2021 Descargar |