El Decreto Legislativo 560 de 2020, por el cual se adoptan medidas transitorias especiales en materia de procesos de insolvencia, en el marco del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica, ni su Decreto reglamentario 842 de 2020, consagran disposición alguna referente a que tales decretos se puedan aplicar a las sociedades que se encuentran en un proceso de reestructuración de que trata la Ley 550 de 1999. Así las cosas, el Decreto Legislativo 560 de 2020 no se puede aplicar a las empresas que se encuentren adelantando un proceso de reestructuración en los términos previstos en la Ley 550 de 1999. |
Superintendencia de Sociedades Oficio Nº 220-087776 / 28-06-2021 Descargar |