RESUELVE: Artículo 1°. Ámbito de aplicación. La presente Resolución aplica para los obligados a preparar y presentar el informe local y el informe maestro de la documentación comprobatoria, a través de los servicios informáticos electrónicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) por el año gravable 2020 o la fracción de año gravable 2021. Artículo 2°. Procedimiento aplicable para la presentación del informe local y el informe maestro de la documentación comprobatoria. Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, obligados a la presentación de la documentación comprobatoria de que trata el numeral 1 del artículo 260-5 del Estatuto Tributario por el año gravable 2020 o la fracción de año gravable 2021, deberán realizarla de la siguiente forma: |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Resolución No 000060 / 21-07-2021 Ver documento fuente |