Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta lo siguiente: 1. ¿El usuario importador o exportador que actúe en forma directa ante las autoridades aduaneras, debe hacerlo a través de su representante legal o apoderado, en los términos del artículo 4 de la Resolución 046 de 2019 o puede nombrar a los empleados para adelantar tales procedimientos y trámites de importación, exportación o tránsito aduanero de conformidad con el artículo 33 del Decreto 1165 de 2019? 2. Si se actúa a través de sus empleados, ¿debe solicitar su registro en el servicio informático electrónico y qué requisitos debe reunir ese empleado? 3. ¿La no inscripción en el servicio informático electrónico genera sanción? |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio No 0035 / 19-01-2021 Descargar |