Adición al Concepto General Unificado No. 1465 de diciembre 31 de 2019 sobre Procedimientos Administrativos Aduaneros.


Distribución Nacional de Mercancías: Procedimientos y Verificaciones

La certificación de la distribución de mercancías importadas a nivel nacional se sustenta en diversas normativas, siendo fundamental la presentación de facturas. Además de la certificación establecida en el artículo 289 del Decreto 1165 del 2019, la autoridad aduanera puede requerir la exhibición de las facturas de venta. Esta facultad de fiscalización se basa en el Concepto General Unificado 1465 del 2019, que incorporó el descriptor 1.2.2, según precisó la Dian.

Aspectos Clave:

  • La distribución nacional se verifica a través de la presentación de facturas.
  • La Dian se respalda en el artículo 289 y el Concepto General Unificado 1465 del 2019.

La corrección de declaraciones aduaneras, en el marco del artículo 296 del Decreto 1165 del 2019, procede en casos como el requerimiento especial aduanero de corrección o revisión del valor. En tales situaciones, la base para corregir será la determinada oficialmente por la autoridad aduanera.

Puntos a Considerar:

  • La corrección se activa con requerimientos especiales o revisión del valor.
  • La base de corrección es la establecida oficialmente por la autoridad aduanera.

En situaciones donde las mercancías declaradas se encuentren distribuidas en diferentes lugares del país, las declaraciones de corrección, modificación o legalización pueden presentarse y aceptarse en la Dirección Seccional de Aduanas o de Impuestos y Aduanas donde se realizó la declaración inicial. Es fundamental que estas declaraciones no subsanen aspectos que generen la inclusión de mercancías distintas o en una cantidad mayor a la inicialmente declarada. El importador debe certificar por escrito la distribución de las mercancías en diferentes regiones del país.

Consideraciones Logísticas:

  • Declaraciones en diferentes lugares según distribución geográfica.
  • Certificación escrita del importador sobre la distribución regional.

El artículo 591 del Decreto 1165 del 2019 confiere a la Dian la facultad de verificar la exactitud de declaraciones, documentos soporte u otros informes cuando lo considere necesario. Estas acciones de control tienen como objetivo verificar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras, la observancia de procedimientos y trámites aduaneros, así como la determinación de hechos que impliquen un menor monto de tributos aduaneros.

Facultades de Fiscalización:

  • Verificación de declaraciones, documentos y otros informes.
  • Acciones de control para garantizar el cumplimiento de obligaciones aduaneras.

En resumen, la distribución nacional de mercancías está sujeta a rigurosos procesos de certificación, corrección y fiscalización por parte de la Dian, con el fin de garantizar la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones aduaneras.

Normatividad

NormatividadDescripción
Decreto 1165 del 2019, Artículo 289Certificación de distribución nacional de mercancías mediante presentación de facturas.
Concepto General Unificado 1465 del 2019, Descriptor 1.2.2Adición del descriptor para facultar a la autoridad aduanera a solicitar facturas de venta en procesos de fiscalización.
Decreto 1165 del 2019, Artículo 296Procedimientos de corrección de declaraciones aduaneras, aplicables en casos de requerimientos especiales aduaneros de corrección o revisión del valor, con base oficial determinada por la autoridad aduanera.
Decreto 1165 del 2019, Artículo 591Facultades de fiscalización de la Dian, que incluyen la verificación de declaraciones, documentos y otros informes para garantizar el cumplimiento de obligaciones aduaneras, la correcta determinación de tributos y acciones de control general.