Adición al Concepto Unificado 0106 del 19 de agosto de 2022 relacionado con la obligación de facturar y el sistema de factura electrónica, específicamente para los servicios integrales de recreación como los «pasadías».
Categoría: Normativa tributaria – Facturación electrónica.
2. Fuentes consultadas:
- Concepto Unificado 0106 de 2022 (DIAN).
- Resolución 000091 de 2021.
- Decreto 1742 de 2020.
- Estatuto Tributario (artículos 56, 615, y 617).
- Resolución 165 de 2023.
- Oficio DIAN 001821 de 2018.
3. Tema central:
La DIAN, mediante el Concepto 022478 de 2024, aclara que los establecimientos que ofrecen servicios integrales como los «pasadías» pueden emitir una factura consolidada al final del servicio, siempre que se cumplan ciertos requisitos normativos.
Puntos clave:
- Requisitos generales de la factura electrónica:
- La factura debe incluir la cantidad, unidad de medida y descripción específica de los bienes o servicios prestados (artículo 617 del ET).
- Se debe discriminar el IVA, el impuesto al consumo y cualquier otro tributo exigido.
- Definición de pasadía:
- Servicio integral que incluye acceso a instalaciones por un período limitado (generalmente un día) y puede incorporar consumos de alimentos, alquiler de equipos y acceso a zonas recreativas.
- Procedimiento de facturación consolidada:
- La consolidación es válida siempre que todos los consumos accesorios estén detallados en una única factura emitida al final del servicio (check-out).
- Normatividad aplicable:
- Decreto 1742 de 2020 (art. 56).
- Resolución 000091 de 2021 (art. 7-1).
- Resolución 165 de 2023.
Ejemplo práctico:
Un cliente accede a un servicio de pasadía que incluye:
- Entrada al parque.
- Almuerzo.
- Alquiler de una bicicleta.
La factura consolidada debe:
- Incluir cada servicio o producto detallado con su cantidad y precio unitario.
- Discriminar el IVA aplicable a cada ítem.
- Reflejar el valor total de la operación.