Aduanas.- Importación de software.

Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta acerca de la naturaleza de tributos aplicables y proceso de importación de un software desde Brasil, el cual no requiere su traslado físico en el entendido que su instalación se realiza directamente desde la nube.

El hecho de instalar o “implantar” un software en Colombia sin que implique la introducción física de algún soporte o dispositivo que lo contenga, no configura, desde la perspectiva aduanera, una operación de importación, entendida esta como la introducción de mercancías de procedencia extranjera al territorio aduanero.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Concepto No 1520 / 26-11-2020

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