Mediante el radicado de la referencia, el peticionario presenta comentarios e interrogantes los cuales fueron resumidos en los siguientes términos: 1. Teniendo en cuenta el Oficio No.100208221- 585 (901668) del 16 de mayo de 2020, solicita se conceptúe en el sentido de señalar que un error u omisión no debe ser consultado en los documentos soportes, sino que el análisis integral debe realizarse para determinar si se trata de la misma mercancía declarada que no ha cambiado de naturaleza como lo define el Decreto 1165 de 2019, y en consecuencia, ¿procede la legalización sin sanción? 2. ¿Cuáles son los documentos soportes que se deben entregar o presentar a la DIAN en las visitas que hacen a las agencias de aduanas cuando solicitan conocimiento del cliente de acuerdo al Decreto 1165? |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Oficio No 000073 / 26-01-2021 Descargar |