A partir de este viernes primero de noviembre las empresas de servicios públicos domiciliarios y aquellas que expidan tiquetes de transporte de pasajeros, extractos y boletas para ingreso a cine, a eventos masivos de artes escénicas y a otros espectáculos públicos, deberán entregar soportes electrónicos de sus transacciones a los compradores.
El Concepto DIAN 754 del 10 de septiembre de 2024 aclara aspectos clave del crédito fiscal disponible para las empresas que invierten en proyectos de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación en Colombia.
Así es, siempre que estos pagos se realicen en cumplimiento de pactos colectivos o convenciones colectivas, están exentos del registro electrónico obligatorio.
La Superintendencia de Sociedades permite que los comerciantes realicen actividades accesorias, siempre que cumplan con las normas y mantengan la actividad principal registrada.