El artículo 480 del Estatuto Tributario establece que las importaciones de bienes y equipos destinados a la salud donados a entidades oficiales o sin ánimo de lucro están excluidas del IVA, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos normativos.
Aspectos clave
- Normativa aplicable:
- Artículos 363 y 480 del Estatuto Tributario.
- Artículos 1.2.1.5.4.1. y subsiguientes del Decreto 1625 de 2016.
- Decreto 925 de 2013.
- Requisitos para la exclusión del IVA:
- La importación debe realizarla el beneficiario de la donación (donatario).
- Obtener registro y/o licencia previa según lo dispuesto en el Decreto 925 de 2013.
- Contar con la calificación favorable del Comité de Entidades sin Ánimo de Lucro antes de la importación.
- Documentos necesarios:
- Certificado de existencia y representación legal.
- Copia de los estatutos vigentes.
- Certificación por parte del contador o revisor fiscal de la entidad sobre el cumplimiento de los requisitos legales.
- Responsabilidades del donatario:
- Tramitar la calificación ante la DIAN utilizando los servicios informáticos.
- Presentar la resolución del Comité como soporte en la declaración de importación.
- Alcance del beneficio tributario:
- Aplica únicamente durante la importación.
- No incluye eventuales ventas internas, excepto para bienes excluidos según la ley.
Ejemplo práctico:
Situación | Cumplimiento de requisitos | Resultado |
---|---|---|
Una ONG recibe equipos médicos donados por una fundación extranjera y realiza la importación directamente. | La ONG presenta la calificación favorable del Comité antes de importar. | Exclusión del IVA aprobada en la importación. |
Una empresa privada importa equipos médicos y los dona posteriormente. | No cumple con el requisito de que el donatario sea el importador. | La importación no está excluida del IVA. |
Un hospital público importa equipos médicos donados por un gobierno extranjero. | No necesita calificación, pero presenta registro previo. | Exclusión del IVA aplicada. |
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Preguntas frecuentes:
- ¿Quién debe realizar la importación para aplicar la exclusión del IVA?
El beneficiario de la donación (donatario). - ¿Qué documentos debe presentar una entidad sin ánimo de lucro para obtener la exclusión del IVA?
Certificado de existencia, copia de estatutos y certificación del cumplimiento de requisitos legales. - ¿Cuándo debe obtenerse la calificación favorable del Comité?
Antes de realizar la importación. - ¿El beneficio aplica para la venta posterior de los bienes dentro del país?
No, salvo para bienes excluidos conforme a la ley. - ¿Qué ocurre si una entidad no obtiene la calificación antes de la importación?
No podrá beneficiarse de la exclusión del IVA.
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