Bienes excluidos del IVA en la importación de equipos destinados a la salud.


El artículo 480 del Estatuto Tributario establece que las importaciones de bienes y equipos destinados a la salud donados a entidades oficiales o sin ánimo de lucro están excluidas del IVA, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos normativos.


Aspectos clave

  1. Normativa aplicable:
    • Artículos 363 y 480 del Estatuto Tributario.
    • Artículos 1.2.1.5.4.1. y subsiguientes del Decreto 1625 de 2016.
    • Decreto 925 de 2013.
  2. Requisitos para la exclusión del IVA:
    • La importación debe realizarla el beneficiario de la donación (donatario).
    • Obtener registro y/o licencia previa según lo dispuesto en el Decreto 925 de 2013.
    • Contar con la calificación favorable del Comité de Entidades sin Ánimo de Lucro antes de la importación.
  3. Documentos necesarios:
    • Certificado de existencia y representación legal.
    • Copia de los estatutos vigentes.
    • Certificación por parte del contador o revisor fiscal de la entidad sobre el cumplimiento de los requisitos legales.
  4. Responsabilidades del donatario:
    • Tramitar la calificación ante la DIAN utilizando los servicios informáticos.
    • Presentar la resolución del Comité como soporte en la declaración de importación.
  5. Alcance del beneficio tributario:
    • Aplica únicamente durante la importación.
    • No incluye eventuales ventas internas, excepto para bienes excluidos según la ley.

Ejemplo práctico:

SituaciónCumplimiento de requisitosResultado
Una ONG recibe equipos médicos donados por una fundación extranjera y realiza la importación directamente.La ONG presenta la calificación favorable del Comité antes de importar.Exclusión del IVA aprobada en la importación.
Una empresa privada importa equipos médicos y los dona posteriormente.No cumple con el requisito de que el donatario sea el importador.La importación no está excluida del IVA.
Un hospital público importa equipos médicos donados por un gobierno extranjero.No necesita calificación, pero presenta registro previo.Exclusión del IVA aplicada.

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Preguntas frecuentes:

  1. ¿Quién debe realizar la importación para aplicar la exclusión del IVA?
    El beneficiario de la donación (donatario).
  2. ¿Qué documentos debe presentar una entidad sin ánimo de lucro para obtener la exclusión del IVA?
    Certificado de existencia, copia de estatutos y certificación del cumplimiento de requisitos legales.
  3. ¿Cuándo debe obtenerse la calificación favorable del Comité?
    Antes de realizar la importación.
  4. ¿El beneficio aplica para la venta posterior de los bienes dentro del país?
    No, salvo para bienes excluidos conforme a la ley.
  5. ¿Qué ocurre si una entidad no obtiene la calificación antes de la importación?
    No podrá beneficiarse de la exclusión del IVA.


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