Tareas de trabajo en alturas con riesgo de caídas vencidas se entenderán prorrogadas automáticamente hasta por un (1) mes después de la fecha de superación de dicha emergencia sanitaria.
Los beneficios, contenidos en los decretos 488 y 500 de 2020, continuaran vigentes hasta tanto permanezcan los hechos que dieron lugar a la emergencia.
Los turnos de trabajo, en la normatividad laboral, se presentan en tres (3) situaciones, cada una de ellas regulada por normas diferentes y cuya aplicabilidad se da con requisitos diferentes.