La Superintendencia de Sociedades permite que los comerciantes realicen actividades accesorias, siempre que cumplan con las normas y mantengan la actividad principal registrada.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) ha publicado un proyecto de decreto que modifica parcialmente el Decreto 1074 de 2015, el cual reglamenta aspectos relacionados con las personas jurídicas sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades.
El procedimiento para el reemplazo de un miembro de junta directiva está regulado por el artículo 197 del Código de Comercio, el cual exige el sistema de cuociente electoral para la elección de miembros, salvo en casos donde se logre unanimidad entre los accionistas para cubrir vacantes.
El artículo 291 permite que las personas jurídicas de derecho privado registren múltiples direcciones, facilitando la notificación en cualquiera de ellas.