¿Sabía usted que el cuociente electoral no solo es un derecho de los accionistas mayoritarios, sino también de los minoritarios para reflejar sus intereses en las decisiones de la junta directiva?

23 octubre, 2024 admin 0

El procedimiento para el reemplazo de un miembro de junta directiva está regulado por el artículo 197 del Código de Comercio, el cual exige el sistema de cuociente electoral para la elección de miembros, salvo en casos donde se logre unanimidad entre los accionistas para cubrir vacantes.