Se prohíbe la fragmentación de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión suscrito entre personas naturales y entidades publicas del estado, cuando estos versen sobre un mismo contratista, objeto, necesidad contractual y se ejecuten en una misma vigencia fiscal.
Este concepto clarifica que el comerciante no responsable del IVA debe revisar su actividad comercial para determinar si debe llevar contabilidad, sin importar si opta por facturación electrónica voluntaria.