¿Es posible que una sociedad colombiana acreedora en varios procesos de reorganización, teniendo en cuenta que cesarán sus operaciones y liquidará la sociedad realice la cesión de los créditos que posee a una sociedad extranjera (su accionista única)?
¿Es procedente reconocer y cancelar las obligaciones reclamadas por la UGPP dentro de un proceso concursal, en sede de recuperación, causadas antes del inicio del proceso?
Pretende servir como orientación a los responsables de transmitir estados financieros de fin de ejercicio a la Superintendencia de Sociedades y como referente en los casos de reexpresión o en los casos excepcionales en los que proceda la modificación de los estados financieros.
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