En el marco de un contrato y/o convenio interadministrativo se presten servicios gravados con el impuesto sobre las ventas- IVA, la entidad prestadora será responsable del impuesto, debiéndose cumplir con las obligaciones sustanciales y formales derivadas de su causación.
¿Los saldos a favor en las declaraciones de IVA generados únicamente como consecuencia de retenciones del Impuesto a las Ventas en la adquisición de servicios con personas o entidades sin residencia o domicilio en el país, son susceptibles de devolución y/o compensación?
Los períodos de exención del impuesto sobre las ventas – IVA de que tratan los artículos 37, 38 y 39 de la Ley 2155 de 2021, serán: 1. El veintiocho (28) de octubre de 2021, 2. El diecinueve (19) de noviembre de 2021, y 3. El tres (3) de diciembre 2021.
Contingencia especial en la facturación electrónica de venta con validación previa de los bienes cubiertos, con la exención en el impuesto sobre las ventas -IVA en los “días sin IVA” para el año 2021.
Si una empresa, por la prestación de servicios de eventos que presta a sus clientes (turismo de reuniones, incentivos, congresos y exhibiciones) está cubierta con la exención transitoria del impuesto sobre las ventas – IVA prevista en dicha norma.