La norma establece una base gravable especial para «los contratos de construcción de bien inmueble» al preceptuar que, cuando se cause el hecho generador del gravamen por la ejecución de ese negocio jurídico, «el impuesto sobre las ventas se genera sobre la parte de los ingresos correspondiente a los honorarios obtenidos por el constructor.
Lo que invalida las correcciones presentadas tras la notificación del requerimiento especial, es la inclusión de hechos distintos a los referidos en el acto preparatorio.
En casos con supuestos fácticos similares, la Sala ha precisado que el retiro de bienes que se incorporan al proceso productivo de los contribuyentes no está gravado con el impuesto sobre las ventas.
El certificado expedido por el agente retenedor es un documento idóneo para acreditar las retenciones en la fuente practicadas en un determinado período gravable.
A las facturas que se expiden por la prestación de los servicios de salud les son aplicables los requisitos fijados por el Estatuto Tributario, la Ley 1231 de 2008 y están sujetas al régimen de caducidad y prescripción.