Para determinar el valor de los activos, en este caso, de inmuebles integrados por edificaciones y terrenos, se debía acudir a un avalúo técnico. Para determinar el costo fiscal de los inmuebles susceptibles de depreciación (construcciones), es procedente tomar el avalúo técnico como base para calcular la deducción por depreciación.
La Dian rechazó las operaciones con Cootranservicios HJ Ltda. porque no fue posible localizarla en la dirección suministrada en el Rut. El Tribunal anuló parcialmente esta decisión porque no fueron valoradas las 25 facturas que obran en el expediente y que acreditan los costos de ventas por $85’329.000, además de que la representante legal de la cooperativa se presentó en las oficinas de la entidad y reconoció que tuvieron relaciones comerciales.
En primer lugar, en su artículo segundo define la depuración normativa la obsolescencia, la contravención al régimen constitucional actual, entre otras. Posteriormente, en el artículo 3 deroga de forma expresa al rededor de 608 normas de rango legal.
La Sala ha precisado que «tributariamente se castiga no llevar contabilidad, no registrar los libros, no exhibirlos cuando se requieran, llevar doble contabilidad, no diligenciarlos de manera que se puedan establecer las bases de liquidación de los impuestos o retenciones y cuando se encuentren atrasados.
En el caso procede la sanción porque se omitió el deber de suministrar la información solicitada en el requerimiento ordinario de información, con el argumento de que ya había sido aportada con la información exógena, por lo que ya reposaba en poder de la DIAN.