Es inconstitucional la norma que establecía el Ingreso Base de Cotización de los trabajadores independientes y con contratos diferentes a prestación de servicios personales.
A partir del contenido de las normas que regulan el contrato de seguro y los procedimientos de fiscalización y cobro coactivo, la Sala fijó las reglas con base en las cuales, en adelante, decidirá los asuntos relacionados con las mencionadas temáticas.
Es parcialmente nula la Circular 004 de 2005, expedida por la Superintendencia de la Economía Solidaria, en cuanto estableció requisitos para la procedencia de la exención en renta del excedente o beneficio neto de las entidades del sector solidario.
La exclusión del IVA para el arroz, el maíz y el maíz trillado destinados al consumo humano, procede en toda operación de venta o importación, cualquiera sea la fase de intermediación.