La sentencia destaca que el reglamento excede su facultad al modificar o alterar el contenido de la ley. Se argumenta que el reglamento creó supuestos y consecuencias no previstos por el legislador en el artículo 158-3 del Estatuto Tributario.
¿Debe o no revocarse el auto del 4 de septiembre de 2023, proferido por el magistrado sustanciador del proceso, mediante el cual resolvió decretar la suspensión provisional parcial de las normas acusadas en el medio de control de nulidad?
La Sala evalúa las disposiciones relacionadas con la demanda de nulidad de ciertos apartados de las definiciones en el Decreto 1650 de 2017, que reglamenta el régimen tributario para nuevas sociedades en zonas afectadas por el conflicto armado.
La Sala procederá a analizar la legalidad del Oficio nro. 100208221-1118 del 15 de septiembre del 2020, emitido por la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina de la DIAN. En particular, se enfocará en determinar la conformidad con la suspensión de términos establecida en la Resolución DIAN nro. 030 del 29 de marzo de 2020 y sus reformas. El punto central de este examen será esclarecer si dicha suspensión abarca o no los plazos legalmente establecidos para la presentación de correcciones a las declaraciones tributarias.
La Sala concluye que la finalidad del artículo 258-1 del ET es permitir el descuento del 100% del IVA pagado en la adquisición de activos fijos. La prohibición de fraccionar el descuento resulta contraria a esta finalidad y, por lo tanto, los conceptos demandados se declararán nulos.
La interpretación del contrato de obra para la base gravable especial de IVA es un proceso complejo. Este análisis requiere considerar tanto las normativas legales como las circunstancias específicas de cada caso.