La Sala resuelve el recurso de apelación interpuesto por el municipio demandado contra la sentencia de primera instancia, para lo cual, primero se analizará i) si lo pretendido con la solicitud de reconocimiento del silencio administrativo positivo por parte de la contribuyente, hoy actora, era la ampliación de los términos como lo plantea la Administración.
Las faltas al correcto reporte patrimonial en el denuncio tributario permitían encubrir ingresos, falsear costos y deducciones, realizar operaciones subvaloradas, afectar la aplicación de la renta presuntiva y, en fin, obstaculizan la labor de fiscalización de la Administración.
Corresponde a la Sala establecer que, si bien la actora radicó el 16 de noviembre de 2011 solicitud de devolución del saldo a favor de la declaración de renta del año gravable 2010, esta fue inadmitida el 24 de noviembre de 2011, porque la citada declaración debió presentarse en medios electrónicos y porque la relación de autorretenciones, era inconsistente en cuanto a la identificación de algunos agentes de retención.
Rechazo de solicitud de devolución y o compensación de saldos a favor de IVA efectuada por responsable del régimen común proveedor de sociedad de comercialización internacional por no haber cumplido con la obligación de efectuar la retención en la fuente a título de IVA en operaciones de venta de bienes no destinados a la exportación.
Tratamiento tributario. No forman parte de la base de retención en la fuente del contribuyente y tienen el carácter de rentas exentas en el impuesto sobre la renta y complementarios.
Esto significa que la notificación personal por correo electrónico que se haga del fallo en este tipo de procesos debe entenderse efectuada luego de los dos días hábiles siguientes al envío del mensaje de datos.