La sentencia se centró en un caso donde la DIAN rechazó parte de los ingresos no constitutivos de renta declarados por una contribuyente, argumentando que los fondos de pensiones no tienen como objeto propio ser intermediarios de recursos financieros, un requisito del artículo 38 del Estatuto Tributario (E.T.).
El Consejo de Estado colombiano resolvió que, en el marco de contratos de leasing, la depreciación de activos fijos solo es deducible del impuesto sobre la renta si los bienes están en uso durante el año gravable.
Esta regla busca asegurar la uniformidad y evitar que los procedimientos administrativos queden en suspenso por demoras en la recepción. Es fundamental que los contribuyentes conozcan esta norma para ejercer correctamente su derecho de defensa.
El fallo del Consejo de Estado resalta que, aunque las excepciones procesales pueden suspender temporalmente un cobro coactivo, una sentencia definitiva a favor de la administración consolida el título ejecutivo, priorizando el interés fiscal sobre las impugnaciones prolongadas.
Esta sentencia refuerza el estándar de que la carga de la prueba recae en el contribuyente cuando se cuestiona la veracidad de sus declaraciones. Si bien la DIAN debe motivar adecuadamente sus actos, el contribuyente tiene el deber de justificar sus cifras, soportes y deducciones.
La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-148 de 2025, resolvió parcialmente la constitucionalidad del Decreto Legislativo 62 del 24 de enero de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional declaró el estado de conmoción interior en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González (Cesar).
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