La norma precisa que no estarán obligados a declarar renta, entre otros, los asalariados que no sean responsables del impuesto a las ventas (IVA) cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80 % de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria, siempre y cuando, en relación con el año gravable 2019, se cumplan la totalidad de los siguientes requisitos adicionales:
Ante algunos cambios introducidos por la Ley de Crecimiento Económico (Ley 2010 del 2019), el Ministerio de Hacienda prepara algunos ajustes al calendario tributario expedido en diciembre del año pasado.
Artículo 113. Los conceptos emitidos por la dirección de gestión jurídica o la subdirección de gestión de normativa y doctrina de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, constituyen interpretación oficial para los empleados públicos de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; por lo tanto, tendrán carácter obligatorio para los mismos.
Los contribuyentes solo podrán sustentar sus actuaciones en la vía gubernativa y en la jurisdiccional con base en la Ley.
La medida está contemplada dentro de la Ley de Crecimiento Económico que será discutida en el Congreso de la República. Será la que reemplazará a la derogada Ley de Financiamiento, la cual estuvo vigente en 2019.
Fuente Ámbito Jurídico. El volumen de litigios que versan sobre el ejercicio de la potestad sancionadora del Estado por las infracciones al deber de informar en medios magnéticos condujo a que la Sección Cuarta del Consejo de Estado profiriera una sentencia de unificación, en relación con las conductas incurridas antes […]