Sin importar el período al que corresponda la obligación tributaria vencida, si el pago se efectúa después de la vigencia de la Ley 1819 de 2016, se aplicará la tasa de interés moratorio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 635, tal como fue modificado por esta ley.
El principio de favorabilidad no se aplica en la liquidación de intereses moratorios en materia tributaria, ya que tienen una naturaleza resarcitoria, no sancionatoria.
El Concepto Nº 812 de la DIAN aclara la devolución del IVA en la adquisición de materiales para viviendas de interés social, respetando límites y regulaciones vigentes.
El concepto aborda la normativa y procedimientos relacionados con la devolución de impuestos para no residentes en Colombia, aclarando la posibilidad de utilizar un apoderado.
Impuesto al Patrimonio en Colombia: Cálculo de la Base Gravable para Acciones y Cuotas de Interés Social En este artículo, abordaremos de manera detallada y precisa el cálculo de la base gravable del Impuesto al Patrimonio en Colombia, específicamente para las acciones o cuotas de interés social de sociedades o […]