A partir del 1 de enero de 2020, todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, actualmente denominados y establecidos con base en el salario mínimo mensual legal vigente (smmlv), deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT).
No existe en materia tributaria un mandato que exija la aplicación inmediata de las normas que modifican de manera beneficiosa los elementos de los tributos de período y, por lo tanto, no podrá alegarse “favorabilidad” para sustentar la aplicación inmediata de la ley.
Pregunta: ¿Al momento de hacer la confirmación de los eventos de la factura, esta se constituye como soporte para la deducción de costos y gastos, quiere decir esto que también debería hacerse la emisión de los eventos para las facturas de contado, para que se constituya el derecho a que sea un costo o gasto deducible en renta?
Para el caso de aquellas sociedades cuyas acciones se encuentren listadas en una o más bolsas de valores, el encargado de hacer el reporte de sus Beneficiarios Finales a través del RUB ¿sería la sociedad misma o, por el contrario, esta obligación recaerá sobre el comisionista de bolsa o sobre un tercero diferente a los anteriormente mencionados?
Cuando no se identifique ningún beneficiario final bajo los criterios señalados en los numerales 1 y 2 del presente artículo, se considerará como beneficiario final a la persona natural que ostente el cargo de representante legal.
Las personas naturales que se encuentren en el exterior, y que no puedan acceder a los demás canales autorizados, podrán enviar la solicitud de inscripción o actualización del RUT, a través del servicio de “PQSR y Denuncias” de la página web de la DIAN.