Una persona natural ejerce control en una persona jurídica cuando, teniendo titularidad en la persona jurídica (sin importar el porcentaje), tiene además la potestad de tomar y/o imponer decisiones relevantes en la administración, dirección o gestión de esta.
La DIAN no estaba facultada para aplicar de oficio las reducciones previstas en el artículo 45 ibídem ya que, para ello, era menester entre otras cosas que existieran obligaciones cuyo incumplimiento se subiese ocasionado o agravado como consecuencia de la pandemia generada por el COVID-19, circunstancia que solo podía evaluar y determinar cada administrado en su caso particular.
¿Cuál sería el procedimiento para el cálculo del anticipo de renta periodo gravable 2021, para una empresa que en 2020 hacía parte del Régimen Simple de Tributación -SIMPLE, pero que en 2021 hace parte del régimen ordinario del impuesto sobre la renta y complementarios?
Cuando en desarrollo de las acciones de fiscalización, la Administración detecte pasivos inexistentes o activos omitidos por el contribuyente, el valor de los mismos constituirá renta líquida gravable en el período gravable objeto de revisión.