En virtud de la celebración de un contrato de trabajo, las partes pueden estipular en pago del salario en moneda o divisa extranjera, teniendo como referencia la tasa de cambio representativa del mercado para realizar la conversión monetaria el día que deba efectuarse el pago del salario.
No existe normatividad alguna que obligue o exonere al trabajador de devolver la dotación a la terminación de la relación laboral, por lo que se entendería que en caso de la dotación dada al trabajador no tenga distintivos que identifican a la empresa para la cual se trabajó, no sería […]
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