Se establece un arancel equivalente al cero porciento 0% a las importaciones de vehículos automotores realizadas por las empresas autorizadas por la autoridad administradora en el regimen de transformación o ensamble o el programa del fomento para la industria automotriz.
Regulación de la destinación de predios catalogados como bienes fiscales para el establecimiento de zonas francas. Las entidades públicas que posean la propiedad de dichos predios pueden destinar total o parcialmente sus áreas geográficas para su uso como zonas francas.
Solo las agencias de aduanas autorizadas por la DIAN pueden ofrecer servicios de mandato aduanero, excluyendo a otros actores como los operadores logísticos, los cuales no están habilitados para prestar ni facturar este tipo de servicios.
En relación con el traslado de bienes entre Zonas Francas, es imperativo observar los lineamientos establecidos en el artículo 492 del Decreto 1165 de 2019. Este apartado determina los procedimientos y documentos requeridos para llevar a cabo estas operaciones, dependiendo de la naturaleza de las mercancías involucradas.
Las Zonas Francas, según la Ley 1004 de 2005, son áreas del territorio nacional que se consideran fuera del territorio aduanero nacional en lo que respecta a impuestos de importación y exportación.