Están obligados a generar la factura electrónica en salud para el cobro de los servicios y tecnologías en salud la cual deberán presentar, al mismo tiempo, ante la DIAN y ante la entidad responsable de pago, con sus soportes en el plazo establecido
en la ley.
Acerca de la oportunidad de la expedición de la factura electrónica de venta, se señala, que esta debe hacerse por cada operación en el momento de efectuarse la venta del bien y/o la prestación del servicio.