Esta declaratoria impacta particularmente a las obligaciones de Retención en la Fuente, Impuesto a las Ventas e Impuesto Nacional al Consumo. Según los nuevos plazos, los vencimientos quedan estipulados.
Bogotá es la ciudad que lidera la lista con $3 billones en embargos, seguida por Medellín, Barranquilla, Montería y Cali. Además, se enviará a la Fiscalía General de la Nación información sobre retenedores que recaudaron IVA e Impoconsumo y no lo pagaron a la DIAN
Depende del tipo de requisito omitido. Si afecta la transmisión, se sanciona según el artículo 651. Si afecta la expedición, se sanciona según el artículo 652.
La adición al Concepto Unificado No. 0106 del 19 de agosto de 2022 establece de manera clara que la venta de recargas de servicios de telecomunicaciones está obligada a ser facturada, sin importar si la transacción se realiza directamente al consumidor final o a través de intermediarios.
La DIAN ha emitido un pronunciamiento que aclara las alternativas para el cumplimiento de la obligación de facturar en el sector de juegos de azar, juegos localizados y espectáculos públicos. Se han definido dos escenarios: uno para quienes no deben reportar información a otras entidades y otro para quienes sí deben hacerlo.
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