El Concepto 000270 int 61 del 16 de enero de 2025, emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), aclara que no es posible elaborar una nota de ajuste sin referenciar el Documento Equivalente Electrónico (DEE) asociado.
El Documento Equivalente Electrónico (DEE) en el cobro de peajes debe emitirse de forma inmediata y por cada transacción individual, sin posibilidad de acumulación, a diferencia del Documento Soporte Electrónico (DSE), que permite la consolidación de operaciones.
El pronunciamiento de la DIAN aclara que la donación de un activo fijo por parte de una sociedad en el Régimen Simple de Tributación (RST) no constituye un ingreso bruto gravable, pero sí requiere la expedición de una factura electrónica de venta.
El concepto de la DIAN aclara la clasificación tributaria y el tratamiento fiscal de los lápices ópticos (stylus) utilizados en computadores portátiles. Se establece si estos dispositivos son considerados accesorios esenciales o simples complementos tecnológicos, lo cual impacta su sujeción a impuestos.
El concepto establece que los adquirentes en operaciones a crédito o con plazo para el pago deben remitir mensajes electrónicos de confirmación de recibido de la factura electrónica y de los bienes o servicios adquiridos. Este procedimiento es fundamental para que dichas facturas sean soporte válido de costos, deducciones e impuestos descontables.
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