El IVA del 19% en apuestas en línea lo paga el apostador, pero lo recauda y declara el operador. La facturación es obligatoria, dependiendo del tipo de reporte que deba hacerse. Aplica desde febrero hasta diciembre de 2025.
Sí, según la DIAN, el alquiler de espacios comunes como salones, parqueaderos y gimnasios en propiedades horizontales genera la obligación de cobrar y declarar el IVA.
Sí. Aunque la DIAN permite presentar una declaración consolidada de IVA, cada patrimonio autónomo debe llevar su propio registro contable individualizado para evitar confusiones en la administración de impuestos.
El IVA del 19% en apuestas en línea empieza a aplicarse desde el 22 de febrero de 2025. Su vigencia es hasta el 31 de diciembre de 2025. Fue creado como una medida fiscal para recaudar recursos en el contexto del estado de conmoción interior.
Según el Decreto Legislativo 0175 de 2025, el IVA del 19% se aplica a los depósitos realizados por usuarios en plataformas de juegos de suerte y azar operadas exclusivamente por internet, incluyendo las operaciones realizadas en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
Tras una solicitud de reconsideración, la DIAN ha aclarado que la responsabilidad «19 – Productor de bienes y/o servicios exentos» es suficiente para acreditar la condición de exportador de servicios y acceder a la exención del IVA.
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