Minhacienda, reglamenta los E.T. 242,242-1,245, 246-1; y modifica y adiciona el DUR 1625 DE 2016, en lo referente a tarifas sobre dividendos y participaciones.
Cuando se distribuyan las utilidades generadas con anterioridad al año gravable 2017 y se efectúe el pago o abono en cuenta -lo que suceda primero-, con posterioridad al año gravable 2016, los dividendos y participaciones para las personas naturales no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes tendrán el siguiente tratamiento:”