La DIAN recuerda a los cerca de 20.000 contribuyentes pertenecientes al Régimen Tributario Especial (RTE) – Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL), que antes del 30 de junio deben presentar ante la entidad la solicitud de actualización en el registro web anual del régimen tributario especial, correspondiente al 2025.
La DIAN, analiza la aplicación del principio de favorabilidad en materia sancionatoria dentro del proceso de cobro coactivo, y reafirma que dicho principio no depende de la naturaleza de la sanción, siempre que se cumplan ciertos requisitos esenciales.
Sí, siempre que cumplan el principio de plena competencia y los requisitos del Estatuto Tributario, incluyendo certificación del acreedor y límites de deducibilidad establecidos por la DIAN.
Posibilidad de corregir errores en la imputación de valores (como saldos a favor, retenciones o autorretenciones) en declaraciones tributarias sin sanción, acogiéndose al artículo 43 de la Ley 962 de 2005.
Sí, la DIAN permite pagar deudas tributarias en cuotas hasta por cinco años, e incluso siete con prórroga, siempre que se cumplan los requisitos y se presenten las garantías exigidas.
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