Se regula la contingencia especial relacionada con la factura electrónica de venta en los “días sin IVA” del año 2022. / Cambio de grupo NIIF 2 a 3 / Ingresos de fuente nacional, Tributación no residentes. / Agencias de aduana, Allanamiento, Bienes excluidos. / Depósitos Públicos Habilitados, Actividad de Transporte. / Elementos del costo de los inventarios.
Levantar a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, la suspensión de los términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales que trata el literal g) del articulo 1 de la resolución 000062 de 11 de junio de 2020, que modifico el articulo 2 de la resolución 0055 de 29 de mayo de 2020.
¿Cómo se predica la mora de las obligaciones en materia cambiaria, en el entendido que no existe un término previsto en la ley para cancelar las mismas o para determinar si un pago se efectuó o no en forma oportuna, pues el mismo se depende de la voluntad y decisión del usuario?
¿Una factura electrónica debidamente expedida y, por ende, validada por la DIAN, puede ser desconocida como deducción procedente porque dos o tres años después la autoridad tributaria no ubica al facturador o este no responde un requerimiento ordinario de información?
Consulta si el incumplimiento en la actualización del RUT, en el mes siguiente al hecho que genere dicha actualización, se considera una infracción de ejecución instantánea o continuada.
El peticionario consulta sobre cuándo queda en firme una declaración, presentada oportunamente que fue corregida con ocasión de la respuesta al emplazamiento para corregir, dentro del mes siguiente a su notificación, el cual fue notificado dentro los dos años siguientes a su presentación, y que posteriormente es objeto de una inspección tributaria en donde se profiere auto de archivo.