Se establece el sistema de devolución que opera de oficio de saldos a favor originados en declaraciones del impuesto sobre la renta y complementario de los contribuyentes personas naturales.

6 junio, 2024 admin 0

Establézcase el Sistema de devolución que opera de oficio, de saldos a favor liquidados por las personas naturales residentes, en sus declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios, presentadas mediante el Formulario No. 210 “Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes’’.

¿Sabía usted que si un contribuyente suministra varias direcciones de correo electrónico para notificaciones procesales, la notificación se considera válida con el primer envío satisfactorio a cualquiera de las direcciones informadas?

5 junio, 2024 admin 0

Según la Resolución DIAN 38 de 2020 y la jurisprudencia del Consejo de Estado, la notificación se entiende realizada cuando se envía satisfactoriamente a una de las direcciones electrónicas suministradas, garantizando así el principio de publicidad y el derecho al debido proceso.

¿Es posible corregir declaraciones posteriores para dejar de imputar un saldo a favor menor, según lo dictaminado en la Sentencia de Unificación No. 23854?

14 mayo, 2024 admin 0

La DIAN aclara que si un contribuyente corrige una declaración, reduciendo un saldo a favor inicialmente imputado en periodos siguientes, los presupuestos del artículo 670 del Estatuto Tributario se activan. Esto implica que la Administración Tributaria puede exigir el reintegro de los saldos a favor modificados, junto con intereses moratorios, sin opción para el contribuyente de evitar esta obligación mediante correcciones posteriores.