Entre el 19 de marzo y el 03 de abril de 2020, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, suspende los términos en los procesos y actuaciones administrativas.
A partir del día 2 de marzo de 2020, el agendamiento de citas para radicar solicitudes de devolución y/o compensación se realizará UNICAMENTE a través del portal web www.dian.gov.co en el enlace “Asignación de citas».
DIAN.- Rechazo de costos de venta y pasivos e imponerle sanción por inexactitud, con sustento en los artículos 650 -sanción por uso fraudulento de cédulas- y 791 -transacciones efectuadas con personas fallecidas- del Estatuto Tributario.
Trámite para aplicar el procedimiento de conciliación contencioso administrativa en materia tributaria, terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios.
Si un contribuyente presenta su declaración de renta del año gravable 2016 el 24 de Abril del 2017, ¿El plazo que tendría para realizar la corrección voluntaria a la misma en virtud del articulo 588 modificado del E. T. seria hasta el 24 de abril del 2020?
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