La Dian hizo un llamado a los agentes de retención que tienen declaraciones pendientes anteriores a la Ley 1943 de 2018, a que las presenten nuevamente, y a quienes presentaron declaraciones posteriores a la entrada en vigencia de la mencionada ley, para que accedan a acuerdos de pago.
La idea es que este año que contamos con más información, con más fuentes de datos, podamos llegarle a muchas más personas. Ojalá sean 1 millón o 1,5 millones de personas a las que les llegue la declaración ya prehecha.
Se prescribe un formulario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el año 2020 y se modifican las resoluciones 0052 del 30 de octubre de 2018 y la 0071 del 28 de octubre de 2019.
Por última vez el Gobierno ofrece un estímulo de saneamiento para legalizar activos no declarados tanto en el país como en el exterior, que estará vigente hasta septiembre.
Es parcialmente nula la Circular 004 de 2005, expedida por la Superintendencia de la Economía Solidaria, en cuanto estableció requisitos para la procedencia de la exención en renta del excedente o beneficio neto de las entidades del sector solidario.