¿Las expresiones «el valor dejado de pagar no supere diez (10) UVT» y «sin perjuicio de la liquidación de los intereses moratorios a que haya lugar», contenidas en el parágrafo 3° del artículo 580-1 del Estatuto Tributario, permiten suponer que los intereses moratorios no se encuentran comprendidos dentro de las mencionadas 10 UVT?
Con el ánimo de brindar seguridad jurídica a los agentes de retención ubicados en los departamentos de Cauca y Nariño, y brindar el apoyo a la recuperación económica de dicha región, el Gobierno nacional amplió los plazos para la presentación y pago de la declaración mensual de retenciones y autorretenciones en la fuente de febrero y marzo de 2023.
Minhacienda, Decreto 0261 de febrero 24 de 2023. Se requiere modificar las tarifas de retención y autorretención en la fuente a título de impuesto sobre la renta, por las razones que se describen a continuación:
La venta de TIDIS que realiza una sociedad nacional, que tiene la calificación de autorretenedora del impuesto sobre la renta ¿se encuentra sujeta a autorretención a título del referido impuesto? ¿sobre qué base?
Se plantean unos interrogantes relacionados con la contribución parafiscal para la promoción del turismo y el tratamiento tributario de las rentas obtenidas por la prestación de servicios en hoteles nuevos.
Consulta si la retención en la fuente sobre ingresos de tarjetas de crédito y/o débito de que tratan los artículos 1.3.2.1.2. y 1.3.2.1.8. del Decreto 1625 de 2016 son aplicables igualmente a las operaciones pagadas por medio de tarjetas débito virtuales.